En ese contexto, el arquitecto Guillermo Arrejoria, especialista en planificación urbano-territorial, planteó la necesidad de analizar la iniciativa desde el marco jurídico vigente y desde el valor ambiental que posee este espacio natural.
Uno de los principales argumentos se encuentra en el artículo 41 de la Constitución Nacional, que reconoce el derecho de los habitantes a un ambiente sano, equilibrado y apto para el desarrollo humano. La misma norma establece que las actividades productivas deben responder a las necesidades del presente sin comprometer las posibilidades de las generaciones futuras y asigna a las autoridades el deber de preservar la diversidad biológica.
A nivel provincial, la Constitución de Entre Ríos también incorpora principios vinculados con la protección ambiental y reconoce al ambiente como patrimonio común. Además, establece criterios de conservación y aprovechamiento sustentable de los recursos hídricos, entre ellos humedales, islas y sistemas fluviales.
El marco legal de las áreas protegidas
Otro de los puntos centrales señalados es la Ley Provincial 10.479, sancionada en 2017, que regula el Sistema Provincial de Áreas Naturales Protegidas y establece diferentes categorías de conservación, entre ellas la de Reserva de Usos Múltiples.
De acuerdo con el planteo realizado por Arrejoria, el artículo 38 de esta legislación establece que la infraestructura hotelera debe localizarse fuera de los límites de las áreas naturales protegidas, un aspecto que considera determinante frente a cualquier proyecto de estas características.
A esto se suma la Ley Provincial 9.718, de 2006, que declaró Área Natural Protegida a los humedales e islas de los departamentos Uruguay, Gualeguaychú e Islas del Ibicuy.
La Isla del Puerto, además, forma parte de una unidad ambiental identificada como “Unidad de Paisaje de Mosaico de Humedales del Valle Aluvial del Río Uruguay”, de acuerdo con el Inventario de Humedales de Concepción del Uruguay elaborado en 2020 por un equipo dirigido por la doctora Patricia Kandus, del Instituto de Investigación e Ingeniería Ambiental de la Universidad Nacional de General San Martín.

Un ecosistema con funciones ambientales clave
Más allá de las disposiciones legales, la discusión también involucra el valor ecológico de la Reserva. Los humedales cumplen funciones esenciales para el equilibrio ambiental y aportan servicios ecosistémicos que benefician al conjunto de la sociedad.
Entre sus principales funciones se encuentra la regulación hídrica. Estos ambientes pueden absorber y retener grandes volúmenes de agua durante períodos de excesos y contribuir a amortiguar los efectos de las crecidas. En épocas secas, en tanto, funcionan como importantes reservorios.
También cumplen un papel significativo en la conservación de la biodiversidad, particularmente por la presencia de numerosas especies de aves y otros organismos. A ello se suma su capacidad para almacenar carbono, generar condiciones microclimáticas y colaborar en la depuración natural del agua mediante la retención y procesamiento de determinados contaminantes.
El paisaje y las posibilidades de contacto con la naturaleza constituyen, asimismo, otro de los valores de estos espacios, especialmente en una ciudad que mantiene una estrecha relación con el río Uruguay.
El debate sobre el desarrollo urbano
Para Arrejoria, transformar la Reserva en un espacio destinado a un emprendimiento de aprovechamiento privado implicaría reducir las posibilidades de uso y disfrute colectivo de un patrimonio ambiental que pertenece al conjunto de la comunidad.
En este sentido, sostuvo que la discusión no debería limitarse a evaluar los potenciales beneficios económicos de un emprendimiento, sino contemplar también las restricciones legales existentes, la evidencia científica y las consecuencias que determinadas intervenciones podrían generar sobre el ecosistema.
La controversia vuelve así a poner en primer plano la necesidad de compatibilizar desarrollo urbano, actividad económica y protección ambiental. Desde esta perspectiva, el desafío para Concepción del Uruguay consiste en impulsar un crecimiento territorial ordenado sin comprometer espacios naturales cuya conservación trasciende a las generaciones actuales.
“La defensa de estos espacios, respaldada por la investigación científica, el compromiso de la universidad pública y la participación ambientalista, resulta fundamental para garantizar un desarrollo territorial que preserve el patrimonio natural”, concluyó Arrejoria.
Arq. Guillermo Arrejoria
Especialista en planificación urbano-territorial