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Rechazan la libertad condicional al uruguayense Gastón Mercanzini por arrojar una botella durante la asunción de Milei

La Cámara Federal de Casación Penal resolvió que continuará detenido el entrerriano que arrojó una botella de vidrio contra la caravana presidencial durante el acto de asunción del presidente Javier Milei el 10 de diciembre de 2023.

El máximo tribunal penal del país declaró inadmisible el recurso presentado por la defensa de Gastón Ariel Mercanzini, quien buscaba acceder a la libertad condicional tras haber cumplido parte de su condena.

La resolución fue firmada por los jueces Carlos Mahiques, Mariano Borinsky y Guillermo Yacobucci, quienes consideraron que el planteo de la defensa no presentaba fundamentos suficientes para revertir la decisión anterior.

El hecho durante la asunción presidencial

El episodio ocurrió el 10 de diciembre de 2023, cuando el Presidente se trasladaba desde el Congreso hacia la Casa Rosada acompañado por su hermana Karina Milei. En ese trayecto, al pasar por la intersección de Avenida de Mayo y Montevideo, Mercanzini arrojó una botella de vidrio hacia la caravana.

El objeto no impactó en el mandatario, pero sí golpeó al subcomisario Guillermo Armentano, integrante del primer anillo de seguridad presidencial. El impacto le provocó una herida cerca de la oreja, que le causó sangrado en la zona del cuello.

Tras el hecho, el agresor se entregó al día siguiente. En ese momento declaró que se encontraba en situación de calle, que estaba desocupado y que había consumido alcohol cuando ocurrió el ataque. Además, pidió disculpas al Presidente.

La condena y el rechazo al beneficio

En mayo de 2024, la jueza María Eugenia Capuchetti lo condenó en un juicio abreviado a un año y seis meses de prisión por el ataque. Esa pena se unificó con otra condena previa por violencia de género, por lo que se estableció una pena única de tres años y seis meses de prisión efectiva.

En septiembre de 2025, la defensa solicitó la libertad condicional argumentando que Mercanzini había cumplido el tiempo mínimo exigido por ley y que mantenía buena conducta en el penal.

Sin embargo, el pedido fue rechazado por el juzgado federal interviniente debido a que el interno no alcanzó la calificación mínima de “buena” en su proceso de tratamiento durante el período requerido. También se tuvo en cuenta la existencia de un expediente disciplinario en trámite por la presunta tenencia de un objeto cortopunzante dentro del penal.

Otros elementos considerados por la Justicia

Otro de los puntos señalados por la Justicia fue el domicilio propuesto por Mercanzini para cumplir la eventual libertad condicional, ubicado en la ciudad de Concepción del Uruguay.

Según se indicó, en esa misma ciudad residen las víctimas de la causa por violencia de género por la cual también fue condenado, y sobre el acusado pesa una restricción que le prohíbe ingresar a ese lugar.

Ante estos elementos, la Cámara de Casación concluyó que la resolución previa estaba correctamente fundamentada y que los argumentos de la defensa solo expresaban una interpretación distinta del caso, sin demostrar irregularidades que justificaran revisar la decisión. Por ese motivo, el recurso fue declarado inadmisible y Mercanzini continuará cumpliendo su condena en prisión.

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